¿Cómo solicitar la nueva ayuda de 200 euros? – Actualización 2024
Desde el pasado 8 de julio está disponible esta ayuda, pero en qué consiste y cómo puedes solicitarla.
¿Qué es?
Es una ayuda que consiste en un pago único de 200 euros, es decir, no se repite mensualmente, para las personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, que sean asalariados, autónomos o desempleados.
Aquellas personas que reciban una pensión, así como los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV), no podrán acceder a esta prestación.
¿Quién puede solicitarla?
Podrán pedir esta ayuda todas aquellas personas que, a 27 de junio de 2022, cumplan las siguientes condiciones:
- Tengan residencia legal y efectiva en España y la hayan tenido de forma continuada e ininterrumpida durante el año inmediato anterior.
- Realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, o estén inscritos como desempleados en la oficina de empleo, estén cobrando o no la prestación o subsidio por desempleo.
Es importante destacar que existe un límite de renta y patrimonio para poder acceder a esta ayuda:
- Las rentas obtenidas en 2021, incluidas las que perciban los convivientes, sean inferiores a 14.000 euros
- El patrimonio, descontando la vivienda habitual, no supere los 43.196,40 euros
Para estos límites, los ingresos y el patrimonio se determinarán considerando los ingresos y el patrimonio de todas las personas que residan con el beneficiario en un mismo domicilio a fecha 1 de enero de 2022 y estén unidos entre sí:
- Como cónyuge o pareja con al menos dos años de antelación
- Por relación de parentesco hasta el tercer grado, incluidos los afines (ejemplos: hijos, hermanos, abuelos, tíos, nuera, nietos…)
- Así como quienes convivan con cualquiera de los anteriores en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente
¿Cómo solicitarla?
Ahora que ya has visto si puedes acceder al cheque de 200 euros, veamos cómo solicitarlo.
La ayuda se solicitará a través del formulario electrónico disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (pinche aquí).
Será necesario disponer de clave digital (Cl@ve) o un lector de DNI electrónico (DNIe). También existe la posibilidad de solicitarla en nombre de un tercero, por apoderamiento o colaboración social.
¿Qué documentación se necesita?
Más allá de aportar los NIF de la persona solicitante y de todas aquellas personas que convivan en el mismo domicilio y una cuenta bancaria titularidad del solicitante, no hay que aportar ninguna documentación.
¿Qué documentación se necesita?
La ayuda se puede solicitar desde el pasado 8 de julio hasta el 30 de septiembre de 2022.
El ingreso del “cheque de 200 euros” se hará a través de trasferencia bancaria a la cuenta facilitada por la persona solicitante.
Si pasados 3 meses desde la finalización del plazo de presentación del formulario sin haberse efectuado el pago, la solicitud podrá entenderse desestimada.
Actualización 2024
¿Puedo cobrar esta ayuda en 2024?
Aunque varias ayudas de 2023 se han prorrogado en 2024, no es el caso de la bonificación de 200 euros. Según confirma la Agencia Tributaria se trata de un «pago puntual» en 2022 que se repitió en 2023, pero no está previsto, de momento, que vuelva a abonarse en 2024. A cambio, si que ha aparecido una nueva ayuda de 220 € este 2024 destinada a familias con hijos/as: la tarjeta monedero. Si es tu caso, te contamos más en este artículo.
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